jueves, 26 de junio de 2014

LOS TRATADOS DE 1895 ENTRE BOLIVIA Y CHILE

Por: Carola Pozo Cortez





En base al Pacto de Tregua, Luis Barros Borgoño por Chile y Heriberto Gutierrez por Bolivia, firmaron el Tratado de Paz y Amistad de 18 de mayo de 1895, cuyo contenido principalmente reza:

Artículo 1°.- Reconoce que "Chile continuara ejerciendo en dominio absoluto y perpetuo la posesión del territorio que ha gobernado hasta el presente conforme a las estipulaciones del Pacto de Tregua".  Chile se compromete al pago de obligaciones de Bolivia por el empréstito de 1867 y los créditos a favor de Pedro Lopez Gama, Enrique G. Meiggs sobre las salitreras del Toco y el reconocido a Juan Garday.

Por otro Tratado de la misma fecha, de Transferencia de Territorio, los mismos plenipotenciarios resolvieron en sus artículos mas relevantes:

Artículo 1°.- "Si a consecuencia del plebiscito que haya de tener, en conformidad al Tratado de
Ancon, o a virtud de arreglos directos, adquiriese la República de Chile dominio y soberanía permanente sobre los territorios de Tacna y Arica, se obliga a transferirlos a la República de Bolivia..."  Bolivia abonara por esa transferencia la suma de 5.000.000.- de pesos plata de 25 gramos y nueve decimos, pero a condición de que la frontera de Chile avanzase sobre la Caleta de Vitor desde Camarones.

Articulo 4°.- El Articulo 4° expresa que si Chile no pudiese obtener aquellos territorios, se compromete a ceder a Bolivia la caleta de Vitor y ademas la suma de 5.000.000.- de pesos de plata de 25 gramos y nueve decimos fino.

Articulo 6.- "Bolivia no podrá absolutamente explotar ni transferir en la zona cedida los yacimientos de salitre, sino después de que se hallen agotados todos los yacimientos de salitre existentes en el territorio de la república de Chile"

Mediante Protocolo de 9 de diciembre de 1895 firmado por el canciller boliviano Emeterio Cano y el plenipotenciario chileno Juan Gonzalo Matta, se estableció que los dos Tratados de aquel año formaban un todo indivisible, reafirmando en el Articulo 3° - "Que el Gobierno de Chile queda obligado a emplear todo recurso legal dentro del Pacto de Ancon, o por negociación directa, para adquirir el puerto y territorio de Arica y Tacna, con el proosito ineludible de entregarlos a Bolivia, en la extensión que determina el Pacto de Transferencia".

Estos instrumentos despertaron vivas protestas del Perú. 

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